junio 23, 2026

Panamá fortalece su participación en BID Invest y flexibiliza emisión de Letras del Tesoro

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El Consejo de Gabinete aprobó hoy el Decreto N. 18-25, que autoriza la suscripción de mil (1,000) acciones de capital nuevas entre la República de Panamá, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas, y la Corporación Interamericana de Inversiones (CII o BID Invest), por un monto total de $21,000,000.00.

En la Reunión Anual de 10 de marzo 2024, la Asamblea de Gobernadores de CII o BID Invest —de la cual Panamá es miembro desde 1985—, se aprobó la Resolución CII/AG- 5/24, titulada “Nueva Visión y Modelo de Negocios para la Corporación Interamericana de Inversiones: Propuesta de Capitalización y Plan de Implementación”, en la cual se autoriza un aumento de capital de la CII o BID Invest de $3,500 millones divididos en 166,666 acciones.

De este total, se le asignan a Panamá mil (1,000) acciones para ser suscritas, cuyo valor por acción es de $21,000.00, siendo el monto total de la suscripción de $21,000,000.00.
Panamá posee actualmente 1,176 acciones en CII o BID Invest, lo que representa un capital pagado de $17,017,204.64.

Con la suscripción de mil acciones adicionales de capital, Panamá alcanzará una suma total de 2,176 acciones de capital, y un capital pagado de $38,017,204.64.

Cabe destacar que la Corporación Interamericana de Inversiones pertenece al Grupo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Hoy, el Consejo de Gabinete también aprobó el Decreto N. 17-25, por el cual se adiciona un artículo al Decreto de Gabinete N.° 8 de 18 de abril de 2007, que autoriza la emisión de títulos de valores del Estado denominados Letras del Tesoro.

Con ello se adiciona el artículo 2-A al Decreto de Gabinete N.° 8 de 18 de abril de 2007, así: En adición al “Uso de los recursos” establecido en el artículo 2. “Términos y Condiciones” del Decreto de Gabinete N.° 8 de 18 de abril de 2007, se autoriza al ministro de Economía y Finanzas, a la viceministra de Economía o al viceministro de Finanzas, cada uno de ellos autorizados individualmente, para que coloquen, de manera directa, indirecta, o por cualquier otro mecanismo de emisiones que el Estado considere oportuno y que sea conforme a las prácticas de mercado prevalecientes en este tipo de transacciones, Letras del Tesoro, dentro del límite estipulado en el Decreto de Gabinete N.° 6 de 4 de febrero de 2025, para el pago o compensación de compromisos u obligaciones del Estado.

Los términos y condiciones finales de las referidas colocaciones serán aprobadas mediante Resoluciones Ministeriales, emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas.

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