junio 23, 2026

Multas ambientales sin pagar bloquearán el Paz y Salvo de la DGI

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En una movilización clave para endurecer la fiscalización ecológica y la protección de los recursos naturales en la República de Panamá, se ha publicado formalmente en la Gaceta Oficial el Decreto Ejecutivo No. 3 de 27 de mayo de 2026. Esta nueva normativa subroga el Decreto Ejecutivo No. 5 de 2017 , redefiniendo y fortaleciendo el Procedimiento de Sanción Directa administrado de forma exclusiva por el Ministerio de Ambiente (MiAmbiente). El nuevo decreto busca combatir los daños al entorno de forma ágil mediante un esquema de multas inmediatas aplicadas en casos de flagrancia , contando con el apoyo operativo de los cuerpos de seguridad del Estado. 🚨 ¿Qué se considera Flagrancia Ambiental? (Prohibiciones e Identificación) El Decreto Ejecutivo establece de manera estricta los supuestos bajo los cuales una persona o empresa es sorprendida cometiendo una infracción de forma flagrante. Quedan tajantemente prohibidas y sujetas a sanción directa las conductas capturadas bajo los siguientes escenarios: • Observación directa: Ser descubierto in fraganti en el acto de la comisión de la infracción ambiental. • Fuga inmediata: Ser visto huyendo del lugar de los hechos justo después de cometer el ilícito.

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