abril 25, 2024

A partir de este lunes inicia periodo de compra de placa

La Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) comunica a la ciudadanía que se establece la apertura del periodo  de compra de placa  2019 a nivel nacional, establecida en el artículo 29 del Decreto Ejecutivo N° 543 del 8 de octubre del 2003, a partir del lunes 18 de noviembre de 2019  hasta el martes 18 de febrero del 2020 en un horario de 8:00 a.m a 4:00 p.m, en sus distintas modalidades como lo son:  T (Taxi), RI (Ruta Interna), BC (Colegial), SET (Servicio Especial de Turismo), B (Bus y Metro Bus).

A la vez se les informa que para la compra  de placa que identifica el certificado de operación de transporte público de pasajeros selectivo, colectivo, colegial y servicio especial de turismo (que estén afiliados a organizadores de transporte legalmente reconocidas), deben presentar los siguientes documentos:

Carta suscrita por la organización de la ruta o zona de trabajo. En caso de negatividad por parte de la organización, el titular del certificado de operación se acogerá a lo establecido en el decreto 543 del 8 de octubre de 2003.
Fotocopia de los documentos del vehículo.

Revisado
Registro vehicular con la inscripción de ambas placas.
Fotocopia del recibo de placa única con el certificado de operación registrado.

Fotocopia del certificado de operación.
Copia de póliza de seguro del vehículo, se debe presentar la póliza original para su cotejo.

Parágrafo 1: Para la modalidad de transporte colegial no aplica el requisito establecido en el número 1 de este artículo, toda vez que no deben estar afiliados a prestatarias de transporte público de pasajeros, según la normativa legal.

Parágrafo 2: Cada organización de transporte deberá presentar al Departamento de Placa de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre, mediante nota debidamente notariada el o los nombres de la(s)persona (s) autorizada (s) o responsable (s) de tramitar el pago de la placa por parte de la empresa.

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1 pensamiento sobre “A partir de este lunes inicia periodo de compra de placa

  1. El Servicio Especial de Turísmo y los colegiales, no nesecitan carta aval de ninguna prestaría, porque la Attt viola la ley, hace un año la corte Suprema dió el segundo fallo sobre lo mismo.

    La ley 14 de 1993, artículo 56 es bien clara, el servicio especial de turísmo lo rige la ATP no ninguna prestaría, así o más claro 😡

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