marzo 28, 2024

Aprueban normativa para registro de beneficiarios finales de personas jurídicas

La normativa que crea el sistema privado y único de registro de beneficiarios finales de personas jurídicas para prevenir los delitos del crimen organizado y que perfecciona las leyes de transparencia refrendando la posición de Panamá de salir de la lista gris, aprobó, en tercer debate, el pleno de la Asamblea Nacional a través del Proyecto 169.
 

Dicha legislación, que fue objetada por el Ejecutivo en cinco de sus artículos, se aprobó con el fin de facilitar el acceso sobre beneficiarios finales de personas jurídicas recabados de los abogados o firmas de abogados, que presten servicios de agentes residentes, para evitar los delitos de blanqueos de capitales, financiamiento del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masivas, de acuerdo con las leyes de la república de Panamá.
 

En el marco del periodo de conveniencia o inconveniencia, el diputado Melchor Herrera manifestó la conveniencia de ratificar el Proyecto 169 para demostrarle al mundo que no somos cooperadores para los paraísos fiscales.
 

Añadió que Panamá realiza esfuerzos por crear leyes que sancionen movimientos sospechosos, pero existe un problema que no deja avanzar y es el tema de la disponibilidad oportuna de información.
 

El documento en su capítulo II, sobre Registro de Agentes Residentes, establece que todo abogado o firma de abogados, que presten sus servicios profesionales como agente residente para una o más personas jurídicas, constituidas o registradas en el país, deberán registrarse y mantener vigente su registro ante la Superintendencia de Sujetos No Financieros.

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