abril 19, 2024

ARAP multa con $250 mil a embarcación tica por pesca de especies prohibidas

La Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), sancionó con una multa de doscientos cincuenta mil balboas (B/.250,000.00) a los propietarios de la embarcación Kembly III, de bandera costarricense, por realizar faenas de pesca de especies prohibidas en la zona económica exclusiva al sur de Punta Coco, en el Golfo de Panamá.
De aARAP MULTA CON B/.250,000.00 A EMBARCACIÓN TICA POR PESCA DE ESPECIES PROHIBIDAS

La Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), sancionó con una multa de doscientos cincuenta mil balboas (B/.250,000.00) a los propietarios de la embarcación Kembly III, de bandera costarricense, por realizar faenas de pesca de especies prohibidas en la zona económica exclusiva al sur de Punta Coco, en el Golfo de Panamá.

De acuerdo a la administradora general de la ARAP, Flor Torrijos, se trata de la primera sanción de este tipo que se aplica con la nueva Ley 204 de 18 de marzo de este año, que regula la pesca, acuicultura y actividades conexas en el país.

Recalcó que el artículo 146 literal F del nuevo instrumento legal señala a la letra que «cuando la infracción sea cometida por un buque de pesca o de actividades relacionadas con la pesca de pabellón extranjero, se le impondrá una multa entre cincuenta mil balboas (B/.50,000.00) a trescientos mil balboas (B/.300,000.00) para buques menores o iguales a cien (100) toneladas de registro neto, o tres veces el importe del valor de mercado de las capturas en primera venta. Se aplicará la cantidad mayor entre ambas».

Indicó que antes de la vigencia de la nueva ley se aplicaba el artículo 297 del Código Fiscal que sancionaba esta conducta con multa de diez balboas (B/.10.00) por Registro de Tonelaje Bruto, siendo en este caso la embarcación de 9, 1 toneladas, la sanción hubiese sido de nueve mil cien balboas solamente (B/.9,100.00).

La embarcación costarricense, con cuatro tripulantes a bordo, fue aprehendida por unidades del Servicio Nacional Aeronaval (SENAN) en coordinación con el Centro Regional de Operaciones Aeronavales (CROAN) mediante patrullaje marítimo a unas 71 millas al sur de Punta Coco, el pasado 24 de mayo.

Al ser abordada por unidades del SENAN la embarcación tenía en sus bodegas más de 2,286 libras de especies prohibidas tales como tiburón, dorado, atún y pez vela.
cuerdo a la administradora general de la ARAP, Flor Torrijos, se trata de la primera sanción de este tipo que se aplica con la nueva Ley 204 de 18 de marzo de este año, que regula la pesca, acuicultura y actividades conexas en el país.

Recalcó que el artículo 146 literal F del nuevo instrumento legal señala a la letra que «cuando la infracción sea cometida por un buque de pesca o de actividades relacionadas con la pesca de pabellón extranjero, se le impondrá una multa entre cincuenta mil balboas (B/.50,000.00) a trescientos mil balboas (B/.300,000.00) para buques menores o iguales a cien (100) toneladas de registro neto, o tres veces el importe del valor de mercado de las capturas en primera venta. Se aplicará la cantidad mayor entre ambas».

Indicó que antes de la vigencia de la nueva ley se aplicaba el artículo 297 del Código Fiscal que sancionaba esta conducta con multa de diez balboas (B/.10.00) por Registro de Tonelaje Bruto, siendo en este caso la embarcación de 9, 1 toneladas, la sanción hubiese sido de nueve mil cien balboas solamente (B/.9,100.00).

La embarcación costarricense, con cuatro tripulantes a bordo, fue aprehendida por unidades del Servicio Nacional Aeronaval (SENAN) en coordinación con el Centro Regional de Operaciones Aeronavales (CROAN) mediante patrullaje marítimo a unas 71 millas al sur de Punta Coco, el pasado 24 de mayo.

Al ser abordada por unidades del SENAN la embarcación tenía en sus bodegas más de 2,286 libras de especies prohibidas tales como tiburón, dorado, atún y pez vela.

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