junio 30, 2024

CSJ declara inconstitucionales las remuneración de alcaldes y representantes

La Corte Suprema de Justicia (CSJ), en fallo del 18 de junio de 2024, declaró inconstitucionales dos párrafos de la Ley 376 de 31 de marzo de 2023, que modificaban la Ley 37 de 2009 sobre descentralización de la administración pública. La decisión se refiere a la remuneración de los representantes de corregimiento, sus suplentes, alcaldes y vicealcaldes electos.

La inconstitucionalidad se basa en dos demandas presentadas por separado por los abogados Roberto Ruiz Díaz y Ernesto Cedeño, que fueron acumuladas por cumplir los requisitos procesales. Los párrafos declarados inconstitucionales son:

  • Párrafo del artículo 72 de la Ley 37: «No obstante lo anterior, si el sueldo que corresponde al cargo de representante de corregimiento y suplente, es inferior al que perciben en dicha entidad estatal, por su condición de servidores públicos electos podrán optar en acogerse a una licencia con sueldo, por lo cual deberán renunciar previamente al sueldo que corresponde al cargo de elección popular».
  • Párrafo del artículo 83 de la Ley 37: «No obstante lo anterior, si el sueldo que corresponde al cargo de Alcalde y Vicealcalde, es inferior al que perciben en dicha entidad estatal, por su condición de servidores públicos electos podrán optar en acogerse a una licencia con sueldo para lo cual deberán renunciar previamente al sueldo que corresponde al cargo de elección popular».

La ponencia del fallo, a cargo de la magistrada María Cristina Chen Stanziola, expone que la posibilidad de elegir el salario entre el del cargo electo y el de un cargo público previo, «constituye una evidente ruptura del principio de igualdad consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política». La decisión argumenta que quienes provenían del sector privado solo pueden aspirar a una licencia sin sueldo, generando un «privilegio irracional e injustificado» para quienes ya ocupaban un cargo público.

Los magistrados Olmedo Arrocha Osorio y Cecilio Cedalise Riquelme emitieron votos razonados respaldando la decisión del Pleno.

Esta decisión de la Corte Suprema de Justicia entró en vigencia a partir del 18 de junio de 2024, impactando a los representantes de corregimiento, sus suplentes, alcaldes y vicealcaldes electos en todo Panamá.

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