abril 25, 2024

Deducción de gastos escolares también beneficiará a universitarios

Todos los contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta en Panamá (ISR) que tengan dependientes en edad escolar, tienen derecho a la deducción de gastos escolares de sus dependientes que cursen primer nivel de enseñanza o educación básica general, el segundo nivel de enseñanza o educación media y el tercer nivel de enseñanza o educación superior, hasta los 25 años, destacó Graciela Arjona, jefe de la sección de Devolución de Gastos Escolares de la DGI.

Los gastos a los que tiene derecho a deducir en su Declaración Jurada de Renta son: Matrícula, mensualidad, útiles, uniformes y transporte escolar hasta un máximo por dependiente de B/.3,600.00. Para los efectos de los estudios universitarios, la DGI reconocerá las horas créditos y la matrícula. Todos los desembolsos deben ir acompañados con sus respectivas facturas o documentos similares.

Arjona enfatizó que el primer requisito que deben cumplir los contribuyentes asalariados, con retención del ISR por parte de sus patronos, para ser sujetos al beneficio de este crédito fiscal, es inscribirse como declarante ante la DGI.  

Como segundo paso, deberá presentar Declaración Jurada de Renta, incluyendo los ingresos con retención de IRS y también incluir la deducción de los gastos escolares incurridos en el año 2019.

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