La Dirección General de Ingresos (DGI) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en el marco de su compromiso con la transparencia, la legalidad y la seguridad jurídica en las operaciones tributarias, informa a la ciudadanía lo siguiente:
Se solicita a todos los contribuyentes que hayan sido parte de cesiones de créditos, pagos en exceso o créditos no aplicados, que realicen una autoevaluación de su situación tributaria. En caso de detectar inconsistencias, deberán acercarse a la Administración Tributaria correspondiente, con el objetivo de recibir orientación adecuada y presentar la documentación de respaldo que justifique las operaciones realizadas, la cual podrá ser requerida por esta Dirección en cualquier momento.
Cada contribuyente debe verificar su estado de cuenta corriente tributaria y, de encontrar discrepancias, tomar las medidas necesarias para asegurar la trazabilidad y justificación de los movimientos realizados.
Esta medida tiene como finalidad garantizar que los actos jurídicos relacionados se ejecuten en estricto cumplimiento de la normativa vigente, previniendo prácticas que puedan derivar en fraude, simulación, falsedad documental u otras irregularidades que comprometan la legalidad del proceso y los intereses del Estado.
De conformidad con lo establecido en el Artículo 84 del Código de Procedimiento Tributario, la Administración Tributaria está facultada para revocar o declarar la nulidad de actos administrativos relacionados con cesiones de crédito cuando existan elementos que afecten su validez legal y representen un riesgo para el Tesoro Nacional.
Para mayor información, asesoramiento u orientación específica, los contribuyentes pueden acudir a la Administración Provincial de Ingresos más cercana.

