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Conoce los beneficios de la carta ficha de la CSS

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Los empleados tendrán derecho a solicitar las prestaciones en salud, tan pronto inicien sus labores al servicio de un empleador, debidamente inscrito, en la Caja de Seguro Social, de acuerdo al artículo 137 de la Ley Orgánica No. 51 del 27 de  diciembre 2005.

La Carta de Solicitud de Atención Médica conocida como Carta Ficha es el documento en donde el empleador sustenta a la institución, que el empleado es trabajador de la empresa lo que permite que el asegurado y/o sus dependientes puedan recibir asistencia médica,  porque no cuentan con la ficha vigente, según el Artículo 136 numeral 1 de la Ley No. 51 de 2005, explicó Gladys Ruiz de la Unidad de Apoyo de la Dirección Ejecutiva Nacional de Prestaciones Económicas.

Visto de esta forma, la certificación del derecho para solicitar las prestaciones en salud de estos  asegurados y sus dependientes se diligencia en las agencias administrativas a nivel nacional, indicó Ruiz, la cual se hace presentando lo siguiente:

La Ley Orgánica 51 de 2005, establece sanciones a los empleadores que no cancelan las cuotas de la Caja de Seguro Social, por lo que se insta acudir a las agencias administrativas que funcionan en varios puntos de la República, para la debida orientación si la empresa está cerrada o inactiva y puedan cambiar su estatus de morosos.

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