junio 23, 2026

Formación profesional y evaluación académica competencia de las Universidades

39-IND PESCADO
Por Luis Chen González
La función gubernamental o administrativa de atender solicitudes de certificaciones de idoneidad profesional, no tiene fines de evaluación académica de los recién graduados, toda vez que, de acuerdo a la Constitución Política de la República de Panamá, la formación profesional y evaluación académica es competencia privativa y exclusiva de las universidades.  La tramitación de las solicitudes de certificaciones de idoneidad ante el Estado, es con los siguientes fines:
1). Verificar la autenticidad de los diplomas de licenciatura y títulos profesionales otorgados por las universidades.
2).  Mantener un registro administrativo actualizado sobre la identidad, domicilio y otras datos personales de los profesionales en ejercicio.
3).  Brindar orientación sobre la ética y el ejercicio profesional a las personas que se inician en la respectiva disciplina.
4). Otros que se consideren utiles para orientar y apoyar a los nuevos profesionales.
5). En ningún momento la obtención de la idoneidad por parte de los nuevos profesionales estará supeditada a la aprobación de exámenes en materia académica.
NOTA:   Cualquier queja, crítica o inconformidad con la formación académica de los profesionales, debe plantearse con franqueza y claridad ante las universidades. Atentamente,
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