El Gobierno Nacional ha dado un paso definitivo en la modernización del transporte público. Mediante el Decreto Ejecutivo No. 10 de 16 de abril de 2026, el presidente José Raúl Mulino reglamentó el servicio de transporte selectivo solicitado a través de plataformas tecnológicas (TIC), creando formalmente la categoría de Taxi de Lujo (TL).
Esta nueva normativa deroga el anterior Decreto 331 de 2017 y establece reglas claras para la convivencia entre la tecnología y el transporte tradicional en todo el territorio nacional.
Requisitos estrictos para vehículos y conductores
El nuevo reglamento busca garantizar la seguridad y comodidad del usuario. A partir de ahora, los vehículos que operen mediante aplicaciones digitales deberán cumplir con estándares específicos:
- Antigüedad: Los autos no podrán tener más de siete años al momento de iniciar el servicio.
- Capacidad: Deben permitir el traslado de entre cinco y siete pasajeros.
- Equipamiento: Es obligatorio el uso de aire acondicionado y cinturones de seguridad.
- Identificación: Deberán portar una placa y calcomanía con la nomenclatura «TL», además del logo de la plataforma digital y de la prestataria de transporte que los avala.
Por su parte, los conductores deben cumplir con requisitos de idoneidad, incluyendo ser panameños, poseer licencia tipo E-1, presentar un historial de infracciones limpio y un récord policivo sin antecedentes penales en los últimos diez años.
Pagos en efectivo y regulación de tarifas
Uno de los cambios más significativos es la validación del pago en efectivo. El decreto establece que el usuario podrá pagar de forma electrónica o en efectivo en cualquier punto del país. No obstante, las empresas intermediarias están obligadas a ofrecer, al menos, un medio de cobro electrónico disponible.
En cuanto al costo del servicio, la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT) será el ente encargado de establecer y regular las tarifas, tomando en cuenta las especificaciones de comodidad y los costos operativos.
Control y fiscalización
El decreto es enfático en prohibir que las empresas tecnológicas (dueñas de las apps) adquieran o administren sus propias flotas de vehículos, limitando su función exclusivamente a la intermediación.
Además, se advierte que cualquier conductor detectado prestando el servicio sin el debido Certificado de Operación actualizado será sancionado por «piratería», según el Reglamento de Tránsito vigente.
Vigencia del Decreto
La norma entró en vigor tras su promulgación este 16 de abril de 2026. Sin embargo, el gobierno ha otorgado un plazo de tres meses para que se cumplan las disposiciones relativas a la obtención del aval de las organizaciones de transporte y los certificados de operación específicos.
Para plataformas como Uber e Indriver, este nuevo Decreto Ejecutivo representa un cambio estructural profundo en la forma en que operan en Panamá. En esencia, el Estado ha decidido que este tipo de servicio deje de ser visto como una «actividad de comercio electrónico» aislada y pase a ser una modalidad regulada de transporte público.
Esto es lo que significa para dichas plataformas:
- Solo para conductores con Certificado («Cupo»)
A partir de ahora, Uber, Indriver y similares tienen prohibido registrar vehículos que no cuenten con un Certificado de Operación de Taxi de Lujo (TL).
- Esto significa que ya no podrá entrar cualquier conductor con su auto particular (auto «blanco»).
- El conductor debe estar afiliado a una organización de transporte autorizada (prestataria).
- Legalización del pago en efectivo a nivel nacional
Anteriormente, había mucha disputa legal sobre si estas plataformas podían cobrar en efectivo. El nuevo decreto lo deja claro:
- Se permite el cobro tanto electrónico como en efectivo en todo el país.
- Las plataformas deben garantizar que el usuario tenga siempre al menos una opción de pago electrónico disponible.
- Exigencias estrictas para el vehículo
Los autos utilizados en estas aplicaciones deben cumplir con estándares de «lujo» definidos por la ley:
- Antigüedad máxima: No pueden tener más de 7 años.
- Equipamiento: Deben tener aire acondicionado y cinturones de seguridad.
- Identificación: Deben llevar una calcomanía visible con el logo de la plataforma (Uber/Indriver) y de la prestataria, además de una placa especial de «Taxi de Lujo» emitida por la ATTT.
- Perfil del conductor
Ya no basta con tener una licencia comercial. Los conductores de estas apps deben:
- Ser exclusivamente de nacionalidad panameña.
- Poseer licencia de conducir Tipo E-1.
- Presentar récord policivo sin antecedentes penales en los últimos 10 años.
- Tarifas reguladas por el Estado
A diferencia del modelo de «tarifa dinámica» que manejan algunas apps de forma autónoma, el decreto establece que la ATTT regulará la tarifa del servicio de Taxi de Lujo, basándose en estructuras de costos y comodidad.
- Fin de las flotas propias de las apps
Se prohíbe que las empresas de plataformas tecnológicas adquieran o administren sus propios vehículos. Su función queda estrictamente limitada a ser intermediarios digitales entre el transportista (que debe tener su certificado de operación) y el usuario.
En resumen, con este decreto, plataformas como Uber e Indriver en Panamá funcionarán más como una herramienta tecnológica para taxis modernos que como un servicio de transporte privado independiente. Aquellos conductores que operen sin cumplir estos requisitos podrán ser sancionados por «piratería».

