En una medida que genera debate en materia de acceso a la información pública, la Junta Directiva de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) aprobó la Resolución J.D. No. 012-2026, mediante la cual declara de «acceso restringido» la totalidad de los expedientes administrativos tramitados ante la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares. La restricción impone un velo de confidencialidad de diez (10) años sobre las actuaciones, informes técnicos, administrativos y legales vinculados a tres áreas clave del sector marítimo: • Concesiones de áreas: Trámites y expedientes sobre el otorgamiento de espacios marítimos y portuarios del Estado. • Licencias de operación: Documentación relacionada con la prestación de servicios marítimos auxiliares. • Investigaciones administrativas: Procesos e informes sobre posibles infracciones cometidas en el ámbito de su competencia. Sustento legal e implicaciones Para justificar la reserva, la AMP invocó disposiciones de la Ley No. 6 de 2002 (Ley de Transparencia), argumentando que los expedientes manejan datos de naturaleza comercial y técnica aportados por empresas que forman parte de su relación con el Estado, lo que constituye secreto comercial e industrial protegido. Asimismo, el documento advierte que la divulgación o uso no autorizado de esta información acarreará responsabilidades administrativas, civiles o penales.
AMP blindará por 10 años expedientes de concesiones y licencias

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