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La AMP deroga resolución que restringía el acceso a la información portuaria

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En una decisión clave para la transparencia institucional, la Junta Directiva de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) emitió la Resolución J.D. N° 073-2026, mediante la cual deroga en todas sus partes la polémica Resolución J.D. N° 012-2026. La norma anulada declaraba de acceso restringido la totalidad de los expedientes, documentos, actuaciones e informes técnicos, administrativos y legales de la Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares.

Con esta acción, la entidad marítima da un giro definitivo tras el rechazo generado por la medida anterior, la cual blindaba y clasificaba bajo reserva por un periodo de hasta 10 años la información relativa a concesiones portuarias, licencias de operación y trámites de industrias auxiliares.

DE LA RESERVA DE 10 AÑOS A LA APERTURA INSTITUCIONAL

La controvertida Resolución J.D. N° 012-2026 —aprobada el 5 de marzo de 2026 y promulgada en la Gaceta Oficial N° 30,600 el pasado 28 de agosto— pretendía justificar el secreto en la necesidad de proteger intereses del Estado frente a procesos legales en curso y resguardar información de carácter comercial e industrial.

Sin embargo, tras ponderar distintas consideraciones legales y atender los cuestionamientos de diversos sectores, la Junta Directiva de la AMP reconoció en su nuevo pronunciamiento que dicha restricción no era cónsona con los fines institucionales y resultaba contraria a los principios rectores de la gestión pública.

APOSTANDO POR LA TRANSPARENCIA Y LA LEY 6 DE 2002

El nuevo documento institucional redefine el tratamiento de la documentación pública en el sector marítimo panameño:

Con este paso, la Autoridad Marítima de Panamá busca restaurar la confianza y garantizar el principio de rendición de cuentas en uno de los sectores más estratégicos para el desarrollo económico del país.

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