En un reciente pronunciamiento oficial (Nota DNAL-0929-2026-DLE-24), el Ministerio de Educación (MEDUCA), a través de su Dirección Nacional de Asesoría Legal, subrayó la obligatoriedad de cumplir con las normativas de inclusión y no discriminación en todos los centros educativos del país, tanto oficiales como particulares. La respuesta surge tras una consulta presentada por la licenciada Chalimar Itzel Agudo López de Cortéz, referente a la situación de dos estudiantes y el alcance del Resuelto 887-AL de marzo de 2023. Puntos clave del pronunciamiento: Alcance Nacional: El Resuelto 887-AL no es una mera sugerencia; es un instrumento normativo de carácter obligatorio para todas las escuelas del territorio nacional. Prohibición de Exclusión: Se prohíbe taxativamente cualquier medida o condicionamiento que genere un trato diferenciado por razones étnicas, culturales, físicas o identitarias. Adecuación de Reglamentos: Todos los centros educativos deben ajustar sus reglamentos internos para que estos se alineen con los principios de igualdad y respeto a la dignidad humana. Garantía de Permanencia: El derecho a la educación implica que el acceso, la permanencia y la continuidad del estudiante deben estar garantizados sin discriminación alguna. Consecuencias legales La Dirección Nacional de Asesoría Legal enfatizó que cualquier situación relacionada con la matrícula, permanencia o disciplina escolar debe ser analizada bajo los principios de proporcionalidad y el interés superior del menor. Finalmente, la institución confirmó que se dará el trámite administrativo correspondiente a los hechos denunciados en el escrito original, asegurando que las autoridades educativas tienen el deber concreto de evitar prácticas que vulneren la dignidad del estudiantado.
MEDUCA reafirma prohibición de discriminación en escuelas tras consulta legal

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