El modelo de recaudación fiscal de Panamá se encuentra a las puertas de un cambio estructural en el ecosistema digital. Con la presentación formal del proyecto de reforma tributaria impulsado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el país busca adaptar su normativa a la realidad de una economía fuertemente digitalizada mediante la figura de una renta sustitutiva o mecanismo de retención sobre los servicios y productos contratados a través de plataformas digitales extranjeras. La iniciativa, argumentada desde el Ejecutivo como una medida de «equidad comercial», pretende equiparar las reglas del juego entre las empresas e importadores establecidos localmente —que cumplen con el cobro habitual del 7% del Impuesto de Transferencia de Bienes Muebles y Servicios (ITBMS)— y los proveedores internacionales que prestan servicios o venden bienes en el territorio nacional sin retener tributos en origen. ¿En qué consiste la Renta Sustitutiva y qué plataformas abarca? Bajo el esquema tradicional, las plataformas multinacionales operaban en Panamá bajo vacíos o vacíos legales que les permitían comercializar servicios sin la retención directa de impuestos al consumo local, salvo las liquidaciones arancelarias e ITBMS que se realizan al momento de la llegada física de paquetes en aduanas o couriers.
Panamá busca regular plataformas digitales con nueva renta sustitutiva

Please follow and like us:
