El Órgano Ejecutivo ha emitido un nuevo Decreto que modifica sustancialmente el Decreto Ejecutivo No. 6 del 11 de marzo de 2025. El objetivo central de esta medida es optimizar los mecanismos de control migratorio y facilitar la regularización de extranjeros en situación irregular que hayan permanecido en el país por al menos un año. 1. Prórroga de un año para solicitudes Uno de los anuncios más relevantes es la prórroga por el término de un (1) año para la presentación de solicitudes de este permiso, contado a partir de la promulgación del nuevo decreto. Esta medida busca dar un margen mayor a aquellos extranjeros que aún no han formalizado su estatus bajo esta categoría. 2. Cambios en los requisitos (Artículos 2, 9 y 12) El decreto detalla listas rigurosas de documentos para tres etapas: la solicitud inicial, la prórroga de seis años y la obtención de la residencia permanente. • Para la solicitud inicial: Se exige poder y solicitud mediante abogado, registro en el RUEX, antecedentes penales del país de origen (apostillados) y un certificado de salud. • Prórroga de 6 años: Los solicitantes deberán presentar, entre otros, el historial de antecedentes penales emitido por la DIJ (si no han salido del país por más de 30 días) y comprobantes de domicilio actualizados. • Residencia Permanente: Se abren tres vías para obtenerla: por razones de arraigo (casado con panameño o dependiente), razones laborales (cotizando en la CSS) o razones fiscales.
Panamá: Cambios en Protección Humanitaria

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