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Panamá simplifica requisitos para la importación de Cannabis Medicinal

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La Dirección Nacional de Farmacia y Drogas de Panamá, en uso de sus facultades legales, ha emitido una nueva disposición que establece los requisitos para optar por la excepción al registro sanitario de productos que contengan Cannabis Medicinal y sus derivados, agilizando temporalmente el acceso a estos tratamientos para los pacientes. La medida, fundamentada en la Ley 419 de 2024 y la Ley 242 de 2021, así como su reglamentación mediante el Decreto 6 de 2025, busca suplir la demanda de los pacientes y abastecer el Programa Nacional de Uso del Cannabis Medicinal y el mercado nacional, tal como lo permite el artículo 24 de la Ley 242 por un periodo de dos años para los licenciatarios de fabricación.

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