El fenómeno de los funcionarios jubilados que continúan laborando en la administración pública —conocidos popularmente como «reenganchados»— se ha consolidado como uno de los temas de mayor tensión política, fiscal y social en Panamá. La controversia gira en torno al impacto presupuestario de sostener dobles ingresos en la planilla estatal y al tapón estructural que esto representa para el relevo generacional de los jóvenes profesionales. El marco legal: entre la prohibición y la excepción La discusión legal en el país se sostiene sobre tres pilares jurídicos principales: Sueldo versus pensión: El artículo 303 de la Constitución Política prohíbe percibir dos sueldos pagados por el Estado de forma simultánea. Sin embargo, la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia y la Ley 51 de la Caja de Seguro Social (CSS) determinan que la pensión por Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) es una prestación de la seguridad social por aportes pasados y no un salario. Por ello, el cobro simultáneo de pensión y sueldo público es legal. Leyes especiales y escalafones: Sectores como el de educadores y profesores universitarios, el personal de salud (médicos y enfermeras) y los estamentos de seguridad (Policía Nacional, Senan y Senafront) cuentan con leyes de carrera que blindan su permanencia o les otorgan jubilaciones con el 100% de su último salario, permitiéndoles posteriormente pasar a asesorías o puestos administrativos.
¿Pensión y sueldo a la vez? El dilema de los funcionarios jubilados en Panamá

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