abril 25, 2024

Suspensión de términos, un atentado al principio de legalidad

La CONFEDERACIÓN DE TRABAJADORES DE LA REPÚBLICA DE PANAMÁ – CTRP, organización sindical con afiliación en el territorio nacional, afiliada internacionalmente, a la CONFEDERACION SINDICAL DE TRABAJADORES/AS DE LAS AMERICAS – CSA y a la CONFEDERACION SINDICAL INTERNACIONAL – CSI, desea informar a todos sus afiliados, a los trabajadores y trabajadoras del país y al pueblo en general, su rechazo a las resoluciones donde se suspenden términos de la conciliación, el arbitraje, la huelga y judiciales en la instancia laboral.

En el despacho superior del MINISTERIO DE TRABAJO Y DESARROLLO LABORAL – MITRADEL, regentado por la señora ministra Doris Zapata, como ya se ha convertido en una práctica, el alterar el orden jurídico nacional y en esta ocasión al emitir el Decreto No. DM-012-2022 del 25 de enero de 2022, mediante el cual suspenden, nuevamente, términos que tienen que ver con negociación de pliegos, declaratoria de huelga, arbitraje y los que consagra la Ley 53 de 1975.

La ministra de trabajo, con premeditación evidente y de manera conveniente, interrumpe los términos fijados en la ley (Código de Trabajo) los cuales no pueden ser objeto de suspensión por una norma de inferior jerarquía, como es la resolución arriba citada o la anterior, que igualmente, vienen a constituir una violación evidente a los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT).

La CTRP, no puede pasar por alto esta violación a los derechos laborales y en consecuencia condena y repudia la actuación del MITRADEL, totalmente nefasta a los intereses de los trabajadores, de los sindicatos y sobre todo cuando hay procesos de pliegos tramitándose en dicha institución.
La CTRP, rechaza estas prácticas ya instituidas y aplicadas por esta administración, que so pretexto de la pandemia del Covid 19, pues una cosa es aplicar medidas preventivas de bioseguridad; en lo cual la CTRP está de acuerdo.
En consecuencia, le solicitamos a la Señora ministra de trabajo, derogue este decreto por ilegal y violatorio de los Convenios 87 y 98 de la OIT y del Código de Trabajo.

 

Guillermo Puga Madelaine Escribano Rafael Chavarría

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