mayo 2, 2024

Le corresponde a la Corte pronunciarse sobre ley minera

Por Harry Díaz Gonzalez de Mendoza

En mi humilde opinión jurídica, la Corte Suprema debe pronunciarse sobre las demandas de inconstitucionalidad presentadas en contra de la ley 406 /23 ( contrato minero ) como COSA JUZGADA. La razón es muy sencilla, de no hacerlo así, queda un precedente nefasto que le permitirá a cualquier servidor público con facultades para dictar resoluciones, decretos, decretos leyes, decretos de gabinete, leyes, acuerdos y demás actos de autoridad ( artículo 2559 Del código judicial ) para sencillamente obviar las decisiones de la CSJ, tal como hizo el Órgano Ejecutivo y Legislativo al no acatar la inconstitucionalidad emitida por la CSJ en dic 2017. Emitiendo nuevamente otras resoluciones, decretos, leyes ,
…. etc y sentarse a esperar a ver quien presenta otra inconstitucionalidad.
Esto evidentemente es resquebrajar el estado de derecho que requiere todo Pais para una pacifica convivencia. Repito, se dejaría la puerta abierta para que funcionarios inescripulosos solo emitan nuevas decisiones de autoridad y perderemos la seguridad jurídica interna al irrespetarse los fallos de la CSJ. Nuestra seguridad jurídica, que es más valiosa que la de esta minera que causa explotación que afecta salud pública, biodiversidad, dan migajas económicas ( regalía más baja en el mundo para este tipo de explotación) , violacion del tope para contratación extrajera, entre otras.
El Judicial consecuentemente , dejaria de tener del todo independencia y efectividad. Magistrados son nombrados por el Ejecutivo, el presupuesto anual del Judicial es revisado por el Ejecutivo, como si fuera un Ministerio más y deciden que le recortan o no. Allí no hay verdadera independencia, y si ahora le sumamos un precedente de nueva inconstitucionalidad sobre el mismo tema minero ya fallado por la corte suprema, sería una inconstitucionalidad al cuadrado.
Ingobernabilidad por violacion de los balances y contrapesos del artículo 2 de nuestra Constitucion.
Para no dejar ese terrible pasaje abierto ( tan o más grave aun que la descomunal migración ilegal del
Darién) lo más potable es que la CSJ falle tal como ya lo ha mencionado el Dr Carlos Cuestas distinguido ex funcionario del OJ por décadas, como :
COSA JUZGADA. Se trata de las mismas partes, el mismo objeto, actividad , lugar y con la agravante que sigue operando a pesar que su contrato es nulo por inconstitucional. En resumen, es el mismo contrato addendo y disfrazado de nueva ley.
La CSJ tiene una oportunidad única para reivindicar La Paz social que dolosamente han destruido los otros dos Órganos del Estado con sus actos autoritarios ( no estamos lejos de los tiempos de los militares) y además La CSJ, tiene la obligación legal en base al art. 2570 CJ de vigilar sus fallos e imponer las sanciones correspondientes por desacato.
En una constituyente , que es más que necesaria hoy en día para limitar este tipo de abusos de los servidores que no entienden su función como servidores; hay que darle real independencia al Judicial en su presupuesto y nombramiento de los magistrados, con un procedimiento que no sea el dedo del presidente de turno.

Feliz mes de la Patria, un año histórico, que no ha podido ser mejor honrada que con la apoteósica representación cívica en las calles, reclamando lo propio, el respeto a las leyes, con un entusiasmo tan memorable por toda la juventud, caminado junto a padres, abuelos y amigos, para ondear nuestra bandera, cantar el himno nacional, la marcha Panama e inclusive nuevas canciones del talento panameño. Hay orgullo Nacinal.
NO olvidemos el gran poder que tiene la voluntad del pueblo.
Bendiciones a todos !

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