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Importación de medicamentos y cosméticos para uso personal sigue sin cambios

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Ante la inquietud generada por un reciente comunicado, el Ministerio de Salud (Minsa) ha emitido una aclaración sobre la importación de medicamentos y cosméticos para uso personal. La institución enfatiza que no se han implementado nuevas restricciones y que el proceso sigue siendo el mismo establecido en el Decreto Ejecutivo 27 de 10 de mayo de 2024.

El comunicado del Minsa busca despejar las dudas de los viajeros y usuarios de servicios de courier que han visto retenidos sus productos en aduana. La entidad señala que el objetivo del comunicado 111/DNF/2024 era simplemente orientar a los ciudadanos sobre los documentos necesarios para recuperar sus medicamentos o cosméticos, y no imponer nuevas exigencias.

¿Cuáles son los requisitos para importar medicamentos y cosméticos?

El artículo 358 del Decreto Ejecutivo 27 de 10 de mayo de 2024 establece claramente los requisitos para la importación de estos productos para uso personal. Entre ellos se encuentran:

La conservación de la cadena de frío es responsabilidad del importador en el caso de medicamentos que lo requieran.

¿Qué hacer si mis medicamentos o cosméticos han sido retenidos?

Si tus medicamentos o cosméticos han sido retenidos en aduana, debes presentar los documentos mencionados anteriormente en la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas. La institución te brindará la orientación necesaria para recuperar tus productos.

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