Ley 520 obliga a exautoridades locales a rendir cuentas o enfrentar la justicia
En un paso histórico hacia la transparencia administrativa, el presidente José Raúl Mulino sancionó la Ley 520 del 27 de abril de 2026, la cual impone reglas estrictas para la transición en gobiernos locales. A partir de ahora, alcaldes y representantes salientes que no rindan cuentas de su gestión podrán ser procesados por delitos contra la administración pública.
La nueva norma, impulsada originalmente por el diputado independiente Neftalí Zamora, reforma las leyes que organizan los municipios y juntas comunales, buscando evitar el caos y la opacidad que históricamente han rodeado los cambios de mando en Panamá.
Las claves de la «Ley de Rendición de Cuentas»
La legislación establece un marco técnico para que el relevo de autoridades no afecte los servicios básicos a la ciudadanía:
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Plazo Fatal: Las autoridades salientes tienen un máximo de 30 días calendario tras dejar el cargo para presentar un informe detallado de su gestión.
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Entrega Transparente: Se debe consignar un historial completo que incluya:
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Presupuesto vigente y estados de cuenta bancarios.
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Listado de bienes y personal.
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Paz y salvo de la Caja de Seguro Social (CSS).
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Freno al Gasto Electoral: Durante los últimos seis meses de mandato, los gobiernos locales no podrán comprometer más del 50% de sus fondos, evitando el despilfarro de recursos en periodos de campaña.
«Esta ley garantiza que el relevo de autoridades sea ordenado y que el manejo de los recursos públicos locales deje de ser una caja negra», señaló el diputado Zamora tras la promulgación en Gaceta Oficial.
El fin de la «Descentralización Paralela»
La sanción de esta ley ocurre en un contexto de investigaciones por parte del Ministerio Público sobre el uso de aproximadamente $230 millones durante el periodo pasado.
La directora de la Autoridad Nacional de Descentralización (AND), Roxana Méndez, confirmó que se han implementado nuevos controles digitales y la obligación de realizar audiencias públicas para cada proyecto. Aquella junta comunal o municipio que no justifique el uso de sus fondos actuales, no recibirá más financiamiento estatal.
Vigilancia Estricta
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Contraloría General tendrán la facultad de negar desembolsos que violen los límites financieros establecidos o que pongan en peligro la operatividad de la administración entrante.