mayo 5, 2024

Nueva ley de medicamentos empuja el abaratamiento de los precios

Aparte de disponer de ocho maneras para la adquisición de medicamentos en el sector público y la creación de una moderna plataforma tecnológica, para que el consumidor conozca dónde encontrar sus fármacos, el proyecto de Ley 1007, especial de medicamentos, espera sólo la sanción del Ejecutivo para que comience a regir.

Esta normativa legal propicia la apertura del mercado de medicamentos para que más actores participen y, a la vez, hace más expedita la obtención del registro sanitario con un tiempo que no exceda los 30 días para su obtención, permitiendo así un abaratamiento de precios en las medicinas.

La directora Nacional de Farmacias y Droga del Ministerio de Salud (Minsa), Elvia Lao, explicó que, mediante el Decreto Ejecutivo 29 del 28 de junio de 2023, se establecen los requisitos para la solicitud de registro sanitario de medicamentos para optar por el procedimiento abreviado y actualiza los países con autoridades reguladoras de alto estándar.

Este marco legal plantea dotar de mayor capacidad en tecnología a la Dirección de Farmacias y Drogas, con una plataforma tecnológica en línea, para conocer la disponibilidad de medicamentos, tanto en farmacias privadas como públicas.

Lo anterior permitirá al usuario informarse y comprar en línea, comparar costos, nombre de la farmacia, horario y ubicación. También podrá hacer una búsqueda territorial, por marca del producto, distrito y municipio, acompañado de la ficha técnica del producto.

Este proyecto obliga a los establecimientos farmacéuticos a actualizar el precio de sus productos contenidos en la Canasta Básica de Medicamentos, plataforma digital abierta para estos rubros; mientras que el Minsa podrá revisar y actualizar los mismos cuando sea necesario.

Igualmente, en la legislación se crea el Observatorio Nacional de Medicamentos de Panamá, organismo que tendrá la responsabilidad de publicar los precios de referencia de las medicinas en los procesos de compra nacional o internacional.

Y para preservar los intereses del consumidor, y por recomendación de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), se deja claramente fijado que el Ejecutivo determinará en cualquier momento los precios de referencia tope de los medicamentos que se aplicarán mediante decreto ejecutivo, cuando el comportamiento de los precios en el mercado nacional no guarde relación con los precios de estos rubros o sus similares a nivel internacional.

La fórmula que permitirá abaratar los costos

El presidente de la Comisión de Salud, el diputado Abel Beker, y sus colegas Crispiano Adames, Daniel Ramos y Víctor Castillo, coincidieron en que las ocho maneras que tiene el sector público para comprar, aunado a las farmacias solidarias, será el detonante para abaratar las medicinas en Panamá.

Adames expresó su confianza de que el Ejecutivo sancione la ley pronto y proceda con su reglamentación en los siguientes meses. “Para que el pueblo tenga la manera de sustituir el no hay en el servicio público por el sí hay, teniendo los indicadores económicos que tiene el país”, acotó.

Los diputados de la comisión que por años analizó y debatió este sensible tema expusieron que lo ideal es que lo aprobado se traduzca en beneficios tangibles para todos los panameños y extranjeros residente en el país, en materia de medicamentos, robusteciendo su comercialización y adquisición, tanto en la parte pública como privada y un mejor control para bajar los precios.

El Sinprem y sus importantes funciones

El recién aprobado proyecto 1007 dispone la creación del Sistema Nacional de Precios de Referencias de Medicamentos (Sinprem), en donde el Estado realizará análisis, planificación y estudios de mercado nacional e internacional, para determinar precios de productos estimados. Así se garantiza que la institución tenga el mejor precio y calidad de medicinas existente.

El Sinprem trabajará mediante economía de escala, con el precio de referencia más favorable para los procesos de compra pública, ya sea para el Minsa, patronatos, CSS, farmacias solidarias y otras entidades que los requieran.

En cuanto a los actos de selección de contratistas, esta legislación plantea que no se admitirán recursos en la vía gubernativa, sólo son impugnables en la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema. Las autoridades contratantes aplicarán una sanción económica a los que incumplan, entre el 5% y el 15% del monto total de la compra; al igual que podrán ser inhabilitados por un año.

De manera muy acertada, el proyecto de ley permite a los establecimientos farmacéuticos comprar directamente medicamentos, ya sea de forma individual o conjunta, cuando sean de bajo riesgo y alto volumen de consumo, al cambiar su licencia de operación y disponer de un sitio apropiado para almacenar los productos, dando vida así a las farmacias solidarias.

En la ausencia de oferta local de medicamentos o que las empresas no vendan a las instituciones de salud, los medicamentos, otros productos para la salud humana, insumos de salud, dispositivos y equipos médicos podrán ser adquiridos directamente por las instituciones de salud o laboratorios fabricantes en el extranjero.

Estas compras podrán realizarse mediante consignaciones o adquisiciones individuales, conjuntas, acuerdos de entrada gestionados, compras con organismos internacionales de salud y entidades de seguridad social de otros países; y deberán regirse por los requisitos establecidos en la presente ley.

El proyecto de ley 1007, presentado por el Ejecutivo el 29 de marzo de 2023, recibió varios meses de consulta y discusión en la comisión de Salud de la Asamblea Nacional, consensuándose 70 modificaciones y anexándole 11 artículos nuevos.

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