noviembre 2, 2026

Gobierno y Asamblea logran consenso para sancionar la ley de alivios a jubilados

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Tras superar el escollo del anterior veto presidencial, la nueva normativa introduce cambios estructurales y porcentajes actualizados en medicamentos, salud, restaurantes y servicios básicos para adultos mayores.

En un giro definitivo que marca un hito para la seguridad social y la economía doméstica del país, el presidente de la República, José Raúl Mulino, confirmó que sancionará este lunes 2 de noviembre el Proyecto de Ley 746, el cual moderniza y amplía los beneficios consagrados históricamente para los jubilados, pensionados y adultos mayores.

La rúbrica del mandatario se da tras la aprobación del texto en tercer debate por la Asamblea Nacional, culminando un intenso proceso de concertación en el que participaron la presidenta del Órgano Legislativo, Shirley Castañeda, diputados de la comisión correspondiente, gremios de la tercera edad y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), encabezado por el ministro Felipe Chapman.

Del veto a la conciliación: ¿Qué cambió?

Este nuevo escenario dista mucho de lo ocurrido el pasado mes de septiembre, cuando el Ejecutivo debió vetar de forma total el anterior Proyecto de Ley 226 debido a reparos de viabilidad financiera y vacíos legales que encendieron las alarmas en el sector comercial y farmacéutico.

A diferencia de aquella iniciativa rechazada por desequilibrar la balanza económica sin la debida armonización fiscal, la Ley 746 se estructuró bajo un rigor técnico consensuado. El propio presidente Mulino ha sostenido que las normativas de esta índole deben caminar de la mano de la realidad presupuestaria y financiera del país, asegurando que los beneficios sean sostenibles y aplicables en la práctica.

Un abanico de alivios focalizados en salud y consumo

El articulado de la nueva ley rediseña los porcentajes de rebaja y acota las condiciones para evitar abusos o ambigüedades interpretativas. Entre los aspectos más sobresalientes figuran:

  • Sector farmacéutico y salud: Se establece un 20% de descuento en medicamentos, con el condicionante estricto de presentar una receta médica a nombre del beneficiario (excluyendo aquellos fármacos de venta libre). Adicionalmente, se fijan rebajas del 25% en consultas de medicina general y especialidades quirúrgicas, 15% en optometría y oftalmología, 20% en laboratorios y un 30% en servicios radiológicos y tratamientos oncológicos (incluyendo terapias e insumos contra el cáncer).
  • Alimentación: Se ratifica un 25% de descuento en el consumo individual dentro de restaurantes y franquicias nacionales e internacionales, especificando claramente que la medida no aplica en fondas.
  • Movilidad y hogar: Se contempla un 20% de descuento en el alquiler, reparación y mantenimiento de equipos de asistencia (como sillas de ruedas, muletas y andaderas) respaldado por certificación médica, además de un 15% en elementos para adecuaciones básicas de la vivienda principal (rampas, pasamanos y barras de apoyo) orientadas exclusivamente a la accesibilidad funcional.
  • Servicios y otros rubros: La ley también abarca rebajas del 20% en la tasa de aseo, tarifas preferenciales en paquetes de internet y telefonía, descuentos en gastos notariales de interés preferencial y un 25% en servicios funerarios, ataúdes y urnas cuando el deceso corresponda a un beneficiario.

Próximos pasos

Con la sanción presidencial fijada para este lunes, el siguiente paso formal será la promulgación de la norma en la Gaceta Oficial. Dirigentes de asociaciones de jubilados y pensionados han recibido la noticia con optimismo, reiterando el llamado a mantener una veeduría ciudadana transparente que garantice el fiel cumplimiento de los derechos adquiridos una vez comiencen a regir los plazos de implementación establecidos en la ley.

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