Panamá busca blindar la transferencia internacional de datos personales
La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI) ha oficializado la Resolución No. ANTAI-DG-003-2026, fechada el 26 de marzo de 2026. Mediante este documento, la Directora General de la institución aprueba e implementa el uso de las Cláusulas Contractuales Modelo de la Red Iberoamericana de Protección de Datos (RIPD) para las transferencias internacionales de datos personales.
Esta medida responde al vertiginoso crecimiento del flujo transnacional de información y busca ofrecer un mecanismo de garantía adecuado y estandarizado para las organizaciones públicas y privadas que envían datos fuera de las fronteras panameñas.
Un marco ágil y seguro sin burocracia previa
El aspecto más destacado de la nueva resolución radica en la simplificación de trámites para los actores económicos. De acuerdo con el apartado SEGUNDO del resuelve, las entidades que adopten de manera íntegra estas cláusulas contractuales modelo no necesitarán solicitar una autorización previa ante la Dirección General de la ANTAI para efectuar sus transferencias internacionales.
Esto aplicará siempre y cuando el intercambio de datos se realice en estricto cumplimiento de la Ley No. 81 de 2019 (Sobre Protección de Datos Personales) y su reglamento, el Decreto Ejecutivo No. 285 de 2021.
Lineamientos clave de la resolución
El documento oficial detalla las condiciones bajo las cuales operará este nuevo estándar:
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Uso obligatorio y sin alteraciones: Las cláusulas deberán utilizarse sin modificar su clausulado y contenido original, permitiendo únicamente la personalización indispensable para formalizar las identidades de las partes contratantes.
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Garantías mínimas no reducibles: Las empresas o instituciones podrán incorporar estas cláusulas dentro de contratos comerciales más amplios o añadir garantías adicionales, siempre que estas no reduzcan el nivel de protección de los titulares ni contradigan el modelo aprobado.
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Armonización internacional: Con este movimiento, Panamá se alinea formalmente a la vanguardia iberoamericana junto a países de la región como Uruguay, Perú y Argentina, que ya han adoptado herramientas homólogas de la RIPD.
Nota importante: El uso de estas Cláusulas Contractuales Modelo no exime a los responsables o encargados del tratamiento de datos de cumplir con el resto de obligaciones legales vigentes en el territorio panameño. Su incumplimiento podrá ser sancionado por la ANTAI en ejercicio de sus facultades de supervisión y control.
Estructura de la normativa aprobada
La resolución de la ANTAI integra tres anexos fundamentales para su ejecución inmediata en el ecosistema legal y corporativo:
| Sección | Descripción del Contenido |
| ANEXO I | Modelo de Acuerdo de Transferencia Internacional de Datos Personales entre Responsable y Responsable. |
| ANEXO II | Modelo de Acuerdo de Transferencia Internacional de Datos Personales entre Responsable y Encargado. |
| ANEXO III | Glosario de correspondencia y terminología aplicable en el marco de la legislación panameña. |
La resolución, fundamentada en la Constitución Política de la República de Panamá y el marco protector de datos, comenzará a regir de manera oficial a partir de su publicación en la Gaceta Oficial. Con esto, el país centroamericano unifica criterios con estándares globales (como los de la Comisión Europea y el Consejo de Europa), consolidándose como un nodo seguro para el comercio internacional y el tratamiento de datos en la era global.