abril 28, 2024

¿Qué se puede hacer o no el periodo electoral?

El pasado sábado 3 de febrero se inició la campaña electoral para los comicios del 5 de mayo de 2024, periodo en el que los partidos políticos y candidatos por libre postulación pueden pedir el voto, realizar caravanas, concentraciones (previa coordinación con los delegados electorales) y desarrollar otras actividades de promoción para difundir propaganda electoral, pagada o donada. En el caso de internet y redes sociales, también está permitida la divulgación de propaganda electoral pagada por administradores o en canales virtuales. Para la elección general, el periodo de campaña es de noventa días y concluye a las 11:59 p.m. del jueves 2 de mayo de 2024. De acuerdo con el artículo 259 del Código Electoral, los escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que se difundan, de manera pagada de cualquier forma, para promover la imagen a favor o en contra de un candidato o partido político, se entienden como propaganda electoral. Los partidos políticos y candidatos por libre postulación podrán hacer uso de medios de comunicación tradicionales, digitales, propaganda electoral fija, propaganda móvil, artículos promocionales, cuentas y contenidos de redes sociales patrocinados o pagados para la difusión de contenidos durante el periodo de campaña. Durante este periodo, los administradores y canales virtuales podrán difundir propaganda electoral pagada solamente por candidatos y partidos.

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