abril 29, 2024

Dan tercer debate a Ley de Moratoria

La Asamblea Nacional, aprobó en tercer debate el proyecto de Ley 287, que dicta medidas económicas y financieras para contrarrestar los efectos del COVID19.
El proyecto de ley establece que la moratoria, abarca desde el 1 de marzo hasta el 31 de diciembre de 2020, además de los bancos, también es extensiva a los préstamos otorgados por cooperativas y financieras tanto públicas como privadas.
Los préstamos son: hipotecarios residenciales, personales, de auto, tarjetas de créditos, préstamos a la pequeña y mediana empresa, préstamos comerciales, préstamos al sector transporte, préstamos al sector agropecuario y créditos de consumo.
Una vez vencido el término de la moratoria establecido en la presente ley, los acreedores, de común acuerdo con el deudor, deberán establecer los mecanismos necesarios para que el deudor cliente pueda retomar, a través del refinanciamiento o prorrateo de sus compromisos, sin que ello conlleve el cobro de recargos por mora o cualquier otro pago en concepto de gastos administrativos, ni afectación de su referencia de crédito, así lo dispone el artículo 4 de la normativa legislativa.
Las entidades bancarias, cooperativas y financieras no podrán efectuar cobros, aumentar las tasas de interés  aplicadas, recargos o cualquier otro interés por falta de pago, pago atrasado o por cualquier otro motivo, sobre todos los créditos incluidos en el artículo 2 de la presente ley, del 1 de marzo al 31 de diciembre de 2020.
La Superintendencia de Bancos, el Instituto Panameño Autónomo Cooperativo, el Ministerio de Comercio e Industrias y demás autoridades competentes estarán obligados a velar por el estricto cumplimiento de no aumentar tasas de interés o efectuar cobros, de lo contrario se aplicarán las sanciones establecidas.
Esto se aplicará a todos los trabajadores que se les haya suspendido, reducido su jornada laboral, con disminución de su salario o cesado su contrato laboral. Así como las personas naturales, jurídicas o independientes que hayan reducido o cerrado operaciones producto de la pandemia COVID19.
Sobre el monto del bono solidario, el mismo será determinado por el Órgano Ejecutivo.
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