abril 29, 2024

Miles de asalariados se acogerán a deducción de gastos escolares

En una realidad concreta de incluir a todos los asalariados en los beneficios de la deducción de gastos escolares, el pleno aprobó en tercer debate el Proyecto 231.
 

Esta iniciativa, de la diputada Zulay Rodríguez, hará justicia a los contribuyentes, personas naturales asalariadas, para la efectiva deducibilidad de sus gastos escolares del impuesto sobre la renta, por lo que se modifica el numeral 9 del artículo 709 del Código Fiscal.
 

El documento establece que tendrán derecho a las siguientes deducciones: los gastos escolares incurridos con respecto a los dependientes menores de edad del contribuyente, incluyendo la matrícula y la mensualidad escolar, así como los útiles escolares, uniformes escolares y el transporte escolar, relacionados con el primer nivel de enseñanza o educación básica general y el segundo nivel de enseñanza o educación media.
 

Serán deducidos los gastos incurridos con respecto al tercer nivel de enseñanza, educación superior, escuelas nocturnas o laborales de los dependientes mayores de edad del contribuyente, que aún se encuentren en su tutela, relativos al pago de la matrícula y horas créditos.
 

La deducción podrá practicarse hasta por una máxima anual de tres mil 600 balboas (3mil 600.00) por cada dependiente. También podrá ser aplicada a los contribuyentes que sufragan sus propios estudios.

 

Asamblea Nacional

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